19 de julio de 2024

Ingeniero condenado por estafa fue inhabilitado para cargos públicos y para ejercer la profesión

Solo podrá ejercer la docencia. De esta forma, se garantiza que el hijo menor de edad del acusado continúe recibiendo los tratamientos médicos por su discapacidad.




La Cámara en lo Criminal y Correccional de 2° Nominación condenó al ingeniero Omar Alejandro Guzmán Vega a tres años de prisión condicional tras declararlo autor del delito de estafas reiteradas en perjuicio de vecinos afectados por las fuertes inundaciones ocurridas en las Sierras Chicas durante los meses de enero y febrero del año 2015. Asimismo, la camarista Mónica Traballini, en sala unipersonal, le impuso una inhabilitación especial para el ejercicio de funciones públicas como así también de la profesión de ingeniero civil durante tres años, con la sola excepción de la docencia. 

En efecto, el tribunal consideró que “posible y plausible” restringir el alcance de la pena de inhabilitación especial complementaria puesto que el trabajo como docente en relación de dependencia con el gobierno provincial le permite al imputado contar con la obra social de la APROSS y así brindarle los tratamientos y terapias que necesita su hijo menor de edad, quien enfrenta un problema de salud que afecta su autonomía y requiere tratamiento.

Para fundamentar esta decisión, la magistrada recordó el principio de personalidad de las penas, que indica que “la pena no debe recaer o trascender sobre una persona distinta de la que cometió el delito”.

“Privar a Guzmán Vega del único medio de sustento económico del hogar –pues su cónyuge no tiene empleo formal y sus hijos mayores no son aún autosuficientes- tendría el inevitable efecto de afectar seriamente la continuidad de las prestaciones asistenciales para la condición de salud de su hijo JPGV, actualmente cubiertas a través de la obra social. Sumo a ello que, si el acusado debiera abandonar su ocupación actual, la imposibilidad de dedicarse a su profesión a raíz de la inhabilitación y su edad recrudecen los obstáculos para acceder a un nuevo empleo formal dentro del mercado laboral”, enfatizó.

En este sentido, la camarista Traballini entendió que el interés estatal en aplicar una sanción por los ilícitos cometidos puede ser “razonablemente balanceado” con la atención a la situación de salud del hijo adolescente del imputado. “Las finalidades retributivas y preventivas se satisfacen suficientemente con la imposición de una pena de prisión de ejecución condicional y otra impeditiva para el ejercicio de cargos públicos y de la ingeniería en el ámbito medular de dicha profesión, que es donde el acusado se ha conducido delictivamente”, agregó.

Los hechos

Con motivo de las fuertes inundaciones que afectaron a cientos de viviendas durante enero y febrero del año 2015 en las Sierras Chicas, el Gobierno de Córdoba suscribió un convenio con los colegios de ingenieros civiles y de arquitectos de la provincia de Córdoba, para que profesionales de dichas áreas cuantificaran los daños y verificaran las obras de reparación en las viviendas afectadas. 

En dicho marco, el Colegio de Ingenieros Civiles suscribió a su vez convenios con varios profesionales, entre los cuales estaba el ingeniero Guzmán Vega. Sin embargo, el imputado, faltando a la verdad, habría exigido a siete damnificados un determinado porcentaje del monto total del subsidio percibido para la reconstrucción de las viviendas -en general, un diez por ciento del total- como supuesta contraprestación por las tareas de relevamiento y seguimiento de las obras.

En el juicio intervinieron el fiscal de la Cámara Criminal y Correccional de 2° Nominación Gustavo Dalma; el imputado Guzmán Vega; sus defensores, Rubén Tirso Pereyra y Darío Gabriel Lenarduzzi; y los querellantes particulares, quienes fueron asistidos por la defensora Pública de 24° Turno, Ana Pagliano. 

Aunque se juzgaron estafas contra siete personas, solo tres intervinieron en el proceso como querellantes particulares: dos de ellas estuvieron presentes en la audiencia y la restante otorgó poder a su defensora. Los querellantes fueron expresamente consultados acerca de la pena condicional, la inhabilitación para ejercer su profesión y la posibilidad de que continúe desempeñándose como docente. No opusieron ninguna objeción. Se siguió el trámite previsto por la ley: el imputado confesó su autoría y responsabilidad en los hechos y pidió disculpas a las víctimas.


Causa: “Guzmán Vega, Omar Alejandro – estafas reiteradas”.
Fecha: 5 de julio de 2024.
Resolución: Sentencia n.° 50.

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