28 de junio de 2024

Comienza a funcionar este lunes, en capital, el Tribunal de Gestión Asociada de Cobros Particulares

Esta nueva estructura de los tribunales civiles especializados está conformada por un colegio de jueces, integrado por tres magistrados, y por una Oficina de Gestión Judicial Común.


El 1° de julio de 2024 entrará en funcionamiento, en el Fuero Civil de la sede Capital, el nuevo Tribunal de Gestión Asociada de Cobros Particulares de Córdoba Capital (TGACP). Estará compuesto por tres magistrados: los titulares de los Juzgados de Cobros Particulares de 14° y 47° Nominación, más un nuevo juez de 53° Nominación. Asimismo, el nuevo TGA tendrá una Oficina de Gestión Judicial Común con cuatro dependencias: Unidad de Coordinación, Unidad de Trámite, Unidad de Procesos Complejos y Unidad de Ejecución.

Este nuevo tribunal tendrá competencia en aquellas causas, iniciadas desde el próximo lunes, por deudas dinerarias originadas en los siguientes supuestos:

a. Tarjetas de crédito.
b. Expensas comunes.
c. Ejecución de sentencia penal.
d. Cheques, letras de cambio y pagarés.
e. Saldos de cuenta corriente bancaria. 
f. Mutuo dinerario.

El Acuerdo Reglamentario 1859 (ver Archivos Adjuntos) también dispone que, a partir del 1 de julio próximo, se le asigne al TGACP competencia en relación a las causas que inicien desde dicha fecha, en las que se pretenda el pago de obligaciones de dar dinero, cuyas causas fuentes sean los títulos ejecutivos enumerados a continuación y que deban tramitarse por vía ejecutiva:

a. Facturas de crédito.
b. Deudas a cajas previsionales.
c. Deudas a colegios profesionales.
d. Facturas de deudas de servicios públicos.
e. Reconocimiento de deudas cuya causa fuente sean los títulos enumerados precedentemente (con exclusión de acuerdos de mediación cualquiera sea su causa fuente, cobro de alquileres y cobro honorarios).

La reorganización funcional de los juzgados de cobros particulares fue instrumentada por Tribunal Superior de Justicia a través de los Acuerdos Reglamentarios (AR) 1858 y 1859, ambos serie “A” (ver Archivos Adjuntos). Se buscar mejorar el aprovechamiento de los recursos humanos y tecnológicos disponibles.

“Las exigencias actuales y los cambios de paradigmas operados en el sistema judicial demandan una justicia eficiente y célere que impone revisar y rediseñar la organización estructural y funcional de los diseños tradicionales de los juzgados, sobre la base de nuevos modos de gestionar y concebir los procesos, a fin de orientarlos a la obtención de resultados valiosos para las partes”, expresa AR 1858.

Dicho acuerdo precisa que las causas en trámite radicadas en los Juzgados de Cobros Particulares de 14° y 47° y en la Secretaria de Gestión Común, continuarán en las unidades de Trámite, de Procesos Complejos o de Ejecución del TGACP, según su estado procesal.

En tanto, se determinó que las causas iniciadas en los Juzgados de Cobros Particulares de 14° y 47° Nominación hasta el 30 de junio de 2024, inclusive, que no sean de competencia exclusiva y excluyente (conforme al AR 1859), cualquiera sea el estado procesal de la causa, serán redistribuidos y remitidos a los Juzgados Civiles de la sede Córdoba Capital, conforme cronograma de migración que inicia el 01/07/24.

La migración de causas incluye los procesos de restricción a la capacidad (incluyendo internaciones); sumarias y actos de jurisdicción voluntaria; acciones de amparo; desalojos y causas conexas; procesos sucesorios y las causas que se tramitan por fuero de atracción; y juicios arbitrales. 

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