La Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación ordenó, como medida cautelar, a quienes se nominan como responsables de la aplicación UBER, Felipe Fernández Aramburu y Florencia Nigro; a UBER Argentina SRL; y a cualquier otra persona física o jurídica responsable de la aplicación, que suspendan la operatividad de la aplicación, en las distintas plataformas, dentro del plazo de 48 horas. Asimismo, ordenó a los efectivos y potenciales prestadores que se adhieran y/o asocien a la aplicación que se abstengan de utilizarla, mientras dure la tramitación de la acción de amparo iniciada por la Municipalidad de Córdoba.
El tribunal –integrado por los vocales Cecilia de Guernica, Humberto Sánchez Gavier e Inés Ortiz de Gallardo- dispuso que la medida sea comunicada a los responsables de la aplicación al e-mail denunciado en la presentación como así también a través del boletín oficial municipal; dos medios gráficos y dos medios audiovisuales de mayor audiencia en la ciudad, como mínimo, a costa de la Municipalidad de Córdoba. La resolución fija para el 26 de septiembre una audiencia a los fines de cumplir con lo estipulado en el artículo 58 del Código de Procedimiento Civil y Comercial.