Promoción del modelo social de discapacidad

Las personas con discapacidad enfrentan obstáculos en el ejercicio de sus derechos por barreras sociales, actitudinales y arquitectónicas, que dificultan su ejercicio en igualdad de condiciones.

La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU-2006), con jerarquía constitucional, define a la discapacidad como la interacción entre el diagnóstico médico (límites en capacidades físicas, mentales, intelectuales o sensoriales) y las barreras sociales (barreras en los edificios, en las actitudes de otras personas, en los prejuicios, etc.), que hacen que las personas no puedan participar plenamente en la sociedad.

La normativa vigente en el Estado Argentino obliga a todos sus poderes y niveles a cambiar el viejo modelo médico-rehabilitatorio de abordaje de la discapacidad por el nuevo modelo social de derechos humanos.

El modelo social de derechos humanos sostiene:

El reconocimiento de la capacidad:
por eso la limitación de la capacidad es una excepción y solo para actos concretos.

La promoción de la autonomía:
para garantizar la plena inclusión, la participación en la comunidad y el acceso a servicios sociales de las personas con discapacidad, potenciando la independencia de la persona.

La toma de conciencia:
para cambiar prejuicios y barreras que impiden el goce de los derechos en igualdad con las demás personas.

La no discriminación:
para lograr el acceso efectivo a todos los derechos (salud, trabajo, educación, derechos políticos, transporte, esparcimiento, desarrollo personal, disfrute y cuidado del patrimonio, información en general, derechos sexuales y reproductivos, en condiciones de igualdad).

La eliminación de barreras:
para erradicar o disminuir al máximo posible todos los obstáculos al ejercicio de los derechos acordes a sus potencialidades y edad.

La tarea primordial de la Oficina es promover buenas prácticas para la efectiva incorporación del modelo social de derechos humanos de la discapacidad en operadores judiciales, administrativos y en la propia familia. Para lo cual, se ofrece capacitación para todo el Poder Judicial y se realizan Informes sobre buenas prácticas y recomendaciones a partir del análisis y sistematización de sentencias actuales. A partir del año 2015 (Ac 1301. Serie ‘A’.19.08.15), la ODDHHyJ interviene en los juicios de limitación de la capacidad para procurar un sistema de apoyo, y realizar recomendaciones, pertinentes al cambio de paradigma. En casos particulares, se facilitan trámites y prestaciones ante organismos administrativos y reparticiones pertinentes.

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