ACUERDO NRO. 32, DEL 03/11/1982
VISTA: La necesidad de facilitar la distribución de expedientes penales que contengan varios cuerpos de actuación.
SE RESUELVE:
Los expedientes se compaginarán en cuerpos de doscientas cincuenta fojas, salvo que ello obligara a dividir escritos o documentos que formen una sola pieza.
La documentación, cuando sea numerosa, deberá ordenarse en carpetas, independientes de las actuaciones judiciales.
La distribución de causas a los fines de la elevación a juicio, inhibiciones y compensaciones, se realizará computando un expediente cada tres cuerpos de actuación judicial.
FIRMANTES:
Marcelo Julio Espinosa
Jesús Luis Abad Hernando
Edgard A. Ferreira
María A. Sciarra de Aricó
Vicente Obdulio Maldonado