ACUERDO REGLAMENTARIO NRO. 69, SERIE "A", DEL 02/02/1984
VISTO: Lo dispuesto por el art. 57 del Reglamento de Asistencias y Licencias en lo que hace a la autoridad competente para el otorgamiento de algunas licencias contempladas en dicho ordenamiento legal.
Y CONSIDERANDO: Que, dado el elevado número de agentes con que cuneta el Poder Judicial en toda la Provincia, el despacho diario, en lo que hace al tema que nos ocupa, es de gran magnitud, por lo que se torna necesario adoptar las medidas adecuadas para dinamizar su trámite, contribuyendo así a un más ágil desenvolvimiento administrativo.
SE RESUELVE: El Señor Presidente del Tribunal Superior de Justicia podrá facultar al Director de Superintendencia a conceder las licencias establecidas en el art. 57 del Reglamento de Asistencia y Licencias vigente.
FIRMANTES:
LOUSTAU BIDAUT, Roberto
FERRER MARTINEZ, Rogelio
CAFFERATA NORES, José I.
CARRANZA, Jorge A.
MARTINEZ ECHENIQUE, Eduardo
VIDELA, Eliseo Fermín
PICCOLI DE FRANCO, Vilma Hilda