ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO CINCUENTA Y SIETE- SERIE “B”
En la ciudad de Córdoba, a dieciocho días del mes de junio del año dos mil ocho, con la Presidencia de la Señora Vocal Decana, Dra. María Esther CAFURE de BATTISTELLI, se reunieron para resolver, los Señores Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia, Doctores Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO, María de las M. BLANC de ARABEL, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, Lic. José M. Las Heras, y ACORDARON:
VISTA: la facultad conferida al Tribunal Superior de Justicia por la Ley Provincial Nro. 4674, para designar las autoridades encargadas de la legalización de la documentación emanada de organismos provinciales, la reglamentación del procedimiento que debe observarse en esa materia y lo dispuesto por el Acuerdo de fecha veinte de octubre de mil novecientos cincuenta y nueve y Acuerdo Extraordinario Número Treinta y Siete del veintidós de octubre de mil novecientos setenta y seis, Acuerdo Reglamentario Número Siete -Serie B- del 8 de abril de 1997 Acuerdo Reglamentario Nro. 3 –Serie B- del 24 de marzo de 1998.
Y CONSIDERANDO: los inconvenientes que se producen para la firma del respectivo despacho, en los casos de licencia del Jefe de la División Despacho y Legalizaciones, designaciones recientemente producidas u otras ausencias o por la imposibilidad inmediata de los Secretarios de este Tribunal en razón de su función específica. Que con el objeto de lograr una mayor eficiencia y celeridad;
SE RESUELVE: Art.1°) Modificar el Art.1°)- del Acuerdo Reglamentario Número Veintinueve -Serie B- del 03 de abril de 2006, conforme el siguiente texto: "Todos los documentos a que se refieren los arts. 1° de la Ley Provincial Nro. 4674 y 2° del Decreto-Ley Nacional Nro. 14.983/57, serán legalizados indistintamente con el atestado de uno de los Secretarios de este Tribunal, del Administrador General del Poder Judicial, del Secretario Legal y Técnico del Tribunal Superior de Justicia, del Director de Administración, del Director de Servicios Judiciales, del Secretario de Primera Instancia y de la Prosecretaria Administrativa, ambos con funciones en la Subárea de Documentación e Información Pública del Área de Servicios Judiciales y el sello de los mismos". Art.2°)- Comuníquese. Protocolícese.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del Administrador General del Poder Judicial, Lic. José María Las Heras.-