ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO SETECIENTOS NOVENTA Y UNO - SERIE "A". En la ciudad de CORDOBA, a veinte días del mes de setiembre del año dos mil cinco, con la Presidencia de su titular Doctor Luis Enrique RUBIO, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Doctores María Esther CAFURE DE BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESIN, Armando ANDRUET y María de las M. BLANC G. DE ARABEL, con la asistencia de la Subdirectora de Superintendencia Sra. Teresa Dina DIAZ DE LIMA y ACORDARON:
Y VISTOS: Lo resuelto por los Acuerdos Reglamentarios N° 778, Serie "A", del 28/6/05 y 782, Serie “A” del 3/8/05, dictados por este Tribunal Superior de Justicia.
Y CONSIDERANDO: I. Que este Alto Cuerpo por Acuerdo Reglamentario N° 778, Serie “A” del 28/6/05, dispuso, entre otros aspectos: “...Que a los efectos de favorecer un traspaso ordenado de procesos pendientes, a través de la Presidencia de la Sala Penal se dispuso solicitar a los Juzgados Correccionales de 1ª. y 2ª. Nominación de la Primera Circunscripción Judicial, el listado de causas. Asimismo, se dispuso que ambos tribunales fuesen excluidos de la asignación de nuevas causas. Corresponde entonces instruir a esas oficinas para que realicen el archivo de los procesos concluidos o paralizados; separando los procesos pendientes a los efectos de programar su distribución equitativa conforme a las categorías y estado de las causas.
II. Por su parte, en el Acuerdo Reglamentario N° 782, Serie “A” del 3/8/05 se estableció en relación a dichos procesos: “...IV. Que en procura de la distribución de los procesos, se solicitaron los listados correspondientes y, previa consulta con los señores Jueces Correccionales se ha destacado la conveniencia de que los mismos sean remitidos a los Juzgados en los que hayan intervenido en la atención del despacho de los ahora suprimidos. En consecuencia, corresponde que los procesos radicados en los hasta ahora Juzgado Correccional de Primera Nominación se distribuyan, en proporción equivalente, entre los Juzgados Correccionales de Cuarta y Quinta Nominación, igual procedimiento debe observarse en relación a los procesos radicados por ante el Juzgado Correccional de Segunda Nominación a los Juzgados Correccionales de Tercera y Sexta Nominación. Efectuado el traslado, deberá remitirse a la Mesa General del Fuero Penal, el listado de los expedientes para su registración y emisión de nueva carátula”.
III. Que se han recaratulado conforme lo dispuesto, los expedientes hasta el año 2000, inclusive, correspondiendo asimismo proceder a idéntica operación sólo en los procesos activos anteriores de dicho año.
Los procesos ingresados con anterioridad al año enunciado no deberán registrarse en el sistema para su recaratulación, sin perjuicio de la remisión del listado en soporte papel y en una base de datos. a la Mesa General y a cada uno de los Juzgados que han absorbido los mismos para su adecuada individualización en caso de ser necesario.
Por ello; el Tribunal Superior de Justicia
RESUELVE: I. PRECISAR que el procedimiento de traspaso de causas radicadas por ante los ex Juzgados Correccionales de Primera y Segunda Nominación, se efectúe de conformidad a lo establecido en el Considerando del presente Acuerdo.
II. DESE a la presente la más amplia difusión.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales y la asistencia de la Sra. Teresa Dina DIAZ DE LIMA, Subdirectora de Superintendencia.