ACUERDO REGLAMENTARIO NUMERO SETECIENTOS NUEVE - SERIE "A".- En la ciudad de CORDOBA, a veintiún días del mes de abril del dos mil cuatro, con la Presidencia de su titular Doctora Aída Lucía Teresa TARDITTI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Maria Esther CAFURE DE BATTISTELLI, Domingo Juan SESIN, Luis Enrique RUBIO y Armando Segundo ANDRUET (h), con la asistencia del Director General de Superintendencia Dr. Miguel Ángel DEPETRIS, y ACORDARON:
Y VISTO: Las solicitudes de los Sres. Jueces Civiles y Comerciales, requiriendo la intervención de los médicos forenses a los efectos de determinar las posibilidades de externación de las personas con patologías psiquiátricas internadas involuntariamente.-
Y CONSIDERANDO: Que de conformidad al Acuerdo Reglamentario N° 492, Serie "A", del 11-5-99, se establecieron estándares de procedimiento a seguir en los casos de internaciones involuntarias de personas con patologías psiquiátricas, a fin de mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia.
En relación a las externaciones, se estableció -de conformidad a las normas aplicables- que bastaba para viabilizar el trámite de preferente despacho con el informe del Director del establecimiento psiquiátrico (art. 9). Tal disposición, además, guarda correlación con recomendaciones de organismos internacionales, que otorgan preferencia para la externación al profesional de salud mental responsable del caso (Principio 17, 6, Principios para la Protección de los Enfermos Mentales y el Mejoramiento de la Atención de la Salud Mental, ONU, 1991).
Por ello, se recomienda a los Sres. Jueces Civiles y Comerciales que salvo que concurran situaciones de excepción, tramiten las solicitudes de externación sin necesidad de requerir la actuación de los médicos forenses, a fin de disminuir los plazos de resolución y evitar la prolongación de internaciones involuntarias.
Conforme a lo expuesto y lo dispuesto en los arts. 166, 2°, C. Pcial. y 12, 1° L.O.P.J., el Tribunal Superior de Justicia, RESUELVE:
RECOMENDAR a los Sres. Jueces Civiles y Comerciales que salvo que concurran situación de excepción, tramiten las solicitudes de externación sin necesidad de requerir la actuación de los médicos forenses, a fin de disminuir los plazos de resolución y evitar la prolongación de internaciones involuntarias.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del Dr. Miguel Ángel DEPETRIS, Director General de Superintendencia.-