ACUERDO REGLAMENTARIO NRO. 653, SERIE "A" del 31/10/2002
Y VISTO: Que por Acuerdo N° 491 Serie “A” de fecha 15-10-2002 se dispuso la puesta en funcionamiento del mecanismo de sorteo de todas las denuncias y antecedentes remitidos que tuvieren ingreso en la Mesa General de Entradas del Fuero Penal, a partir del 01 de Noviembre del año en curso, el que será implementado por la Dirección de Informática del Poder Judicial.
Y CONSIDERANDO: 1.– Que se hace necesario determinar con precisión cuales son las actuaciones que quedan involucradas en el sistema de sorteo:
a) Las denuncias que tuvieren ingreso en la Mesa General de Entradas del Fuero Penal a partir del 01 de Noviembre del año en curso y que no provengan desde Policía Judicial.
b) Todos los antecedentes remitidos en cumplimiento del Acuerdo N°338 -Serie "A"- del 26 de Diciembre de 1984.
c) Las actuaciones remitidas por otro tribunal o fiscal por razones de incompetencia por materia (federal, nacional o militar) o territorial, correspondientes a otra sede o a otra circunscripción judicial, siempre que no estuvieran dirigidos a una Fiscalía de Instrucción determinada o individualizada.
II. El sistema informático de sorteo ha sido desarrollado por la Dirección de Informática garantizando una equilibrada distribución de las causas señaladas supra y una asignación transparente que evite su manipulación. Se cuenta con los medios tecnológicos y humanos suficientes para asegurar el funcionamiento aún en horas y días inhábiles.
III. Por ello y lo dispuesto por los Arts. 166 inc. 2° de la Constitución Provincial y 12 incs. 1° y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba N° 8435,
SE RESUELVE: Artículo 1°- DISPONER la puesta en funcionamiento del mecanismo de sorteo informático: a) De todas las denuncias formuladas a partir del 01 de Noviembre del año en curso que no provengan desde Policía Judicial. b) De todos los antecedentes remitidos en cumplimiento del Acuerdo N° 338 -Serie "A"- del 26 de Diciembre de 1984. c) Las actuaciones remitidas por otro tribunal o fiscal por razones de incompetencia por materia (federal, nacional o militar) o territorial, correspondientes a otra sede o a otra circunscripción judicial, siempre que no estuvieran dirigidos a una Fiscalía de Instrucción determinada o individualizada.
Artículo 2°- INCORPORAR en el Art. 2 del Acuerdo Reglamentario N° 415 Serie “A” de fecha 24-03-1998 el apartado K) con las siguientes previsiones:
K) Todas las actuaciones y antecedentes remitidos que deban registrarse para las Fiscalías de Instrucción de la Capital y todas las denuncias que se presenten por ante la Mesa General de Entradas; y las que ocasionalmente se recepten en la Mesa de Atención Permanente, serán distribuidas por la Mesa General del Fuero Penal por un mecanismo de sorteo informático entre la totalidad de las Fiscalías de Instrucción.
Cuando las actuaciones y antecedentes remitidos y las denuncias se presenten en día u hora inhábil el sorteo será practicado por la Mesa de Atención Permanente
Los Fiscales de Instrucción sorteados conocerán de las denuncias, antecedentes y actuaciones que la Mesa General les remita conforme al mecanismo de sorteo señalado.
Si en las respectivas causas se produjeran inhibiciones o recusaciones de los Fiscales sorteados, luego de aceptada la misma, volverán a la Mesa General para nuevo sorteo y distribución, no comprendiéndose en el mismo a la Fiscalía de origen.
Artículo 3°- AUTORIZAR a la Secretaría Penal del Tribunal Superior de Justicia para dictar instrucciones para el mejor cumplimiento de lo establecido en la presente.
Artículo 4°– PUBLÍQUESE el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia. Comuníquese a Fiscalía General de la Provincia, a los distintos tribunales y dependencias del Poder Judicial, Federación de Colegios de Abogados y Colegios de Abogados de la Provincia, y dése la más amplia difusión interna.-
Firmantes:
María Esther CAFURE DE BATTISTELLI
Berta KALLER ORCHANSKY
Hugo Alfredo LAFRANCONI
Aída Lucía Teresa TARDITTI
Domingo Juan SESIN
Luis Enrique RUBIO
Miguel Ángel DEPETRIS