03/12/2024

Implementan prácticas de justicia restaurativa para conflictos penales de baja intensidad

La Oficina de Medidas Adecuadas buscará soluciones que prioricen la reparación del daño, responsabilizar al ofensor, el diálogo entre las partes y la prevención de la reincidencia.



El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ), con la intervención de la Fiscalía General de la Provincia, dispuso la creación de la Oficina de Medidas Adecuadas (OMA). Esta oficina, que depende de la Secretaría Penal del TSJ, trabajará en la construcción de soluciones a los conflictos penales de baja intensidad que prioricen la reparación del daño, responsabilizar al ofensor, el diálogo entre las partes y la prevención de la reincidencia.

Estas prácticas ya habían comenzado a desarrollarse como experiencia piloto el 15 de noviembre de 2023. Involucraron la intervención de nueve fiscalías de instrucción en el marco de los procesos penales iniciados en el Centro de Recepción de Procedimientos con Personas Aprehendidas en Flagrancias (CRPPA), luego de que las personas imputadas recuperaran la libertad. 

En virtud de los resultados positivos obtenidos durante este período de prueba, se decidió formalizar la creación de la OMA para que intervenga en la resolución de conflictos penales de menor complejidad. En definitiva, esta oficina permitirá implementar prácticas de justicia restaurativa y terapéutica en delitos de baja intensidad que puedan resolverse mediante acuerdos entre las partes o compromisos asumidos por las personas imputadas.

Protocolo de actuación

El ámbito de actuación de la oficina abarca las fiscalías de instrucción que gestionan delitos comunes en casos de flagrancia en la sede Capital, que seleccionan aquellos conflictos aptos para una salida composicional o por disponibilidad de la acción en razón de la insignificancia. 

Una vez derivado el caso, un facilitador penal especialmente capacitado organiza reuniones individuales con las personas involucradas (ofensores y ofendidos), con el objetivo de buscar acuerdos entre los participantes y/o compromisos por parte de la persona imputada. Además, supervisa el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos, con el fin de superar el conflicto de manera constructiva y pedagógica.

En general, la OMA podrá intervenir en los siguientes ilícitos:
- delitos contra la propiedad con recupero del bien sustraído y de conflictividad leve, por ejemplo, hurtos, robos, daños, estafas simples, etc.
- delitos contra la administración pública simples, por ejemplo, resistencia a la autoridad; 
- delitos contra la libertad con conflictividad vecinal, por ejemplo, amenazas; y 
- delitos contra las personas, por ejemplo, las lesiones leves en el marco de peleas callejeras.

Los procesos de facilitación restaurativa que promueve la OMA son voluntarios y confidenciales. Nadie puede ser obligado a participar de las reuniones con los facilitadores. En todos los casos, las personas imputadas que deseen participar lo harán con asistencia de sus defensores. Las víctimas o los damnificados que estén constituidos como querellantes particulares también participan con sus abogados.

La gestión de los conflictos penales mediante la justicia restaurativa trabaja para responsabilizar al ofensor, como así también, para la restauración de la situación de todas las personas implicadas; ya sea ofensores, víctimas directas, sus referentes afectivos, la comunidad y los representantes de ciertas instituciones.  

Tribunales II