La Cámara Contencioso Administrativa de 3° Nominación de la ciudad de Córdoba admitió formalmente una acción de amparo iniciada por vecinos de barrio El Dorado II, de la Municipalidad de San Antonio de Arredondo, quienes solicitan, como usuarios, la prestación del servicio de agua potable en forma diaria, continua, eficiente y regular.
El tribunal hizo saber a los demás integrantes del colectivo o clase ausentes, sobre la existencia del proceso, con el fin de asegurar la adecuada defensa de sus derechos. “En particular teniendo en miras que, especialmente cuando se trata de intereses individuales homogéneos, el titular conserva el derecho, la autonomía y la potestad de accionar de forma individual o de solicitar su exclusión de la clase o colectivo”, expresa la resolución.
La Cámara ordenó la difusión de la resolución en el Boletín Oficial de la provincia y en la página web del Poder Judicial de Córdoba. Una vez cumplida la publicación de edictos, los demás integrantes del colectivo o clase ausentes contarán con un plazo de seis días para manifestar su voluntad en el sentido indicado.